• Existen casi 9,000 satélites artificiales girando alrededor de la
Tierra.
• Un cohete debe alcanzar una velocidad de 40,000 km/h para salir de
la atmósfera de la Tierra (los aviones comerciales viajan a 800 km/h).
• El primer satélite, el Sputnik 1, de la Unión Soviética, era una
esfera metálica de 58 centímetros de diámetro que sólo hacía bip–bip.
• México tiene tres satélites entre los casi 9,000 objetos (satélites,
restos de cohetes y fragmentos de satélites y cohetes) que se encuentran
orbitando alrededor de la Tierra.
• En general, un satélite se diseña para tener una vida útil de entre
10 y 15 años.
• Los satélites pueden medir desde menos de uno hasta 36 metros de
largo, y pesar entre un kilogramo y seis toneladas.
• Un satélite de comunicaciones cuesta entre 700 y 2,000 millones de
pesos. Si se incluye el costo del lanzamiento y del seguro, el precio puede
ascender hasta 3 500 millones de pesos.
• Aunque 9,000 objetos orbitando la Tierra parecen muchos, en el
espacio, a 800 km de altura, hay sólo cuatro objetos en un volumen como el de
la superficie de México.
• El 85% de la masa de un cohete lanzador es combustible.
• Por cada kilogramo de materia que se quiere colocar en el espacio,
se necesitan cerca de 85 kilogramos de combustible; por eso es tan caro llevar
carga al espacio.
• Todas las madrugadas, cuando hace más frío, la República Mexicana es
fotografiada desde un satélite. Cámaras sensibles al infrarrojo localizan
“puntos calientes” que pudieran ocasionar un incendio forestal. Los
investigadores del Instituto de Geografía de la UNAM procesan estas imágenes y
alertan a las autoridades pertinentes.
• La estación de rastreo, telemetría y control de los satélites
mexicanos está ubicada en Iztapalapa, en el Distrito Federal.
• Existe una reglamentación jurídica para las actividades que se
llevan a cabo en el espacio exterior. Algunas de las normas son:
1. La exploración y utilización del espacio exterior y cuerpos
celestes se hará en provecho e interés de la humanidad.
2. La Luna y demás cuerpos celestes deberán ser utilizados con fines pacíficos, lo que implica que en éstos no se podrán colocar bases militares ni realizar maniobras o ensayos de armas.
3. El espacio ultraterrestre y los cuerpos celestes no podrán ser objeto de apropiación nacional.
2. La Luna y demás cuerpos celestes deberán ser utilizados con fines pacíficos, lo que implica que en éstos no se podrán colocar bases militares ni realizar maniobras o ensayos de armas.
3. El espacio ultraterrestre y los cuerpos celestes no podrán ser objeto de apropiación nacional.
• En caso de encontrarse con vida extraterrestre, las leyes sobre
trato a seres de otros mundos establecen, entre otras cosas, que:
1.Se dará trato diplomático a los
extraterrestres independientemente de su aspecto.2.La informació.
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